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POLÍTICA DE TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES DE LA IGLESIA CENTRAL DENOMINACIÓN
«CENTRO MISIONERO BETHESDA LA FLORESTA»
LA IGLESIA CENTRAL DENOMINACION «CENTRO MISIONERO BETHESDA LA FLORESTA «, en adelante CMB: Iglesia adscrito al Ministerio de Interior, con personería jurídica especial mediante la resolución 1299 de 1997, autonomía administrativa, financiera y patrimonio propio.
Dirección: Carrera 21 # 30 _03 oficina 309 Edificio los Arquitectos
Conmutador: (576) 873 0422
Correo electrónico: administracion@cmbflorestacali.org
2.1. En relación con la naturaleza y las funciones propias de CMB:
El Tratamiento de los datos se realizará con la finalidad de expedir certificados de donación, certificado de membrecía, realizar seguimiento a los fieles y apoyar su proceso en la congregación.
2.2. En relación con el funcionamiento del CMB:
2.2.1. Recurso Humano:
El Tratamiento de los datos se realizará para la vinculación, desempeño de funciones o prestación de servicios, retiro o terminación, dependiendo del tipo de relación jurídica entablada con el CMB (incluye, entre otros, funcionarios, exfuncionarios judicantes, practicantes y aspirantes a cargos).
2.2.2. Manejo del Correo
El correo electrónico suministrado por los pastores, lideres, contratista, proveedores y empleados en las hojas de vidas será manejado en una base de datos y se utilizara para comunicados, envió de información importante y será de uso obligatorio para recibir y enviar información del CMB y su validez será la misma a una llamada telefónica o una carta escrita.
2.2.2. Proveedores y Contratistas del CMB:
El Tratamiento de los datos se realizará para los fines relacionados con el desarrollo el proceso de gestión contractual de productos o servicios que CMB requiera para su funcionamiento de acuerdo a la normatividad vigente.
2.2.3. Seguridad en instalaciones de I CMB
Al ser grabado y monitoreado por circuito cerrado de televisión. El Tratamiento se realizará para la vigilancia y seguridad de las personas, los bienes e instalaciones del CMB.
3.1. Conocer, actualizar y rectificar sus datos personales frente al CMB como Responsable y Encargado del Tratamiento. Este derecho se podrá ejercer entre otros ante datos parciales, inexactos, incompletos, fraccionados, que induzcan a error, o aquellos cuyo Tratamiento esté expresamente prohibido o no haya sido autorizado.
3.2. Solicitar prueba de la autorización otorgada al CMB como Responsable y Encargado del Tratamiento, salvo cuando expresamente se exceptúe como requisito para el Tratamiento, de conformidad con lo previsto en el artículo 10 de la Ley 1581 de 2012.
3.3. Ser informado por CMB como Responsable del Tratamiento y Encargado del Tratamiento, previa solicitud, respecto del uso que les ha dado a los datos personales del Titular.
3.4. Revocar la autorización y/o solicitar la supresión del dato personal cuando en el Tratamiento no se respeten los principios, derechos y garantías constitucionales y legales. La revocatoria y/o supresión procederá cuando la Superintendencia de Industria y Comercio haya determinado que en el Tratamiento el Responsable o Encargado han incurrido en conductas contrarias a la Ley 1581 de 2012 y a la Constitución.
3.6. Acceder en forma gratuita a sus datos personales que hayan sido objeto de Tratamiento.
El Feligrés tiene derecho a optar por no suministrar cualquier información sensible solicitada por el CMB, relacionada, entre otros, con datos sobre su origen, no se obligará y se entenderá cuando no diligencie el sobre de diezmos y ofrendas.
El suministro de los datos personales de menores de edad es facultativo y debe realizarse con autorización de los padres de familia o representantes legales del menor.
Sin perjuicio de las excepciones previstas en la ley, en el Tratamiento se requiere la autorización previa, expresa e informada del Titular, la cual deberá ser obtenida por cualquier medio que pueda ser objeto de consulta y verificación posterior.
La autorización del Feligrés no será necesaria cuando se trate de:
7.1. Información requerida por el CMB en ejercicio de sus funciones legales o por orden judicial. 7.2. Datos de naturaleza pública.
7.3. Casos de urgencia médica o sanitaria.
7.4. Tratamiento de información autorizado por la ley para fines históricos, estadísticos o científicos.
7.5. Datos relacionados con el Registro Civil de las Personas.
Para realizar peticiones, consultas o reclamos con el fin de ejercer los derechos a conocer, actualizar, rectificar, suprimir los datos o revocar la autorización otorgada, el Feligrés o sus causahabientes pueden utilizar cualquiera de los siguientes canales de comunicación:
En la sede del CMB: Carrera 21 # 30 _03 oficina 309 Edificio los Arquitectos
De lunes a viernes en el horario de atención al público (8:00 AM a 12AM y 2:00PM- 6:00PM)
Conmutador: (576) 873 0422
Correo electrónico: administracion@cmbflorestacali.org
Persona o área responsable de la atención de peticiones, consultas y reclamos: Las peticiones, consultas o reclamos que se reciban a través de los distintos canales serán direccionadas al área respectiva del CMB responsable del Tratamiento.
10.1. Consultas
Se absolverán en un término máximo de diez (10) días hábiles contados a partir de la fecha de su recibo.
Cuando no fuere posible responder la consulta dentro de dicho término, se informará al interesado antes del vencimiento de los 10 días, expresando los motivos de la demora y señalando la fecha en que se atenderá su solicitud, la cual en ningún caso podrá superar los cinco (5) días hábiles siguientes al vencimiento del primer plazo.
10.2. Reclamos
Los feligreses o sus causahabientes que consideren que la información contenida en una base de datos de este Organismo debe ser objeto de corrección, actualización o supresión, o que adviertan el presunto incumplimiento de cualquiera de los deberes contenidos en la Ley 1581 de 2012, podrán presentar un reclamo ante el CMB a través de cualquiera de los canales de comunicación descritos anteriormente; y éste deberá contener la siguiente información:
10.2.1. Nombre e identificación del Feligrés
10.2.2. La descripción precisa y completa de los hechos que dan lugar al reclamo
10.2.3. La dirección física o electrónica para remitir la respuesta e informar sobre el estado del trámite
10.2.4. Los documentos y demás pruebas que se pretendan hacer valer.
En caso de que el CMB no sea competente para resolver el reclamo presentado ante la misma, dará traslado a quien corresponda en un término máximo de dos (2) días hábiles e informará de la situación al interesado.
Si el reclamo resulta incompleto, el CMB requerirá al interesado dentro de los cinco (5) días siguientes a su recepción para que subsane las fallas. Transcurridos dos (2) meses desde la fecha del requerimiento, sin que el peticionario presente la información solicitada, se entenderá que ha desistido de aquél.
El término máximo para atender el reclamo será de quince (15) días hábiles contados a partir del día siguiente a la fecha de su recibo, y si no fuere posible responder en dicho término, el CMB informará al interesado los motivos de la demora y la fecha en que aquél se atenderá, sin llegar a superar, en ningún caso, los ocho (8) días hábiles siguientes al vencimiento del primer término.
La presente política rige a partir de su expedición y las bases de datos sujetas a Tratamiento se mantendrán vigentes mientras ello resulte necesario para las finalidades establecidas en el punto 2 de la misma.